TSJ: Bonos en divisas no forman parte del salario laboral

TSJ: Bonos en divisas no forman parte del salario laboral

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la sentencia N° 523, con fecha del 13 de noviembre, en la cual establece que los bonos otorgados por las empresas en moneda extranjera no forman parte del salario integral del trabajador.

El tribunal determinó que estos pagos tienen una «finalidad social» y no salarial, por lo cual no deben ser incluidos en el cálculo de prestaciones sociales, utilidades, vacaciones ni otras obligaciones derivadas de la relación laboral.

El pronunciamiento surge tras la demanda de un trabajador que solicitaba que un bono alimentario pagado en divisas fuera considerado parte de su salario básico.

Aunque el caso inicial se refería a un bono específico, el TSJ extendió este criterio a todos los pagos que los empleadores realicen de forma regular en moneda extranjera.