Conozca la normativa que deben cumplir usuarios y prestadores de servicio de transporte terrestre masivo (+Gaceta Oficial)

Como parte de la  Normativa Sanitaria de Responsabilidad Social ante pandemia por Covid-19, publicada en Gaceta Oficial número 41.891 de fecha 01 de junio, por parte el Ministerio del Poder Popular para la Salud, se establecen las disposiciones comunes que deberán ser acatadas por el sector transporte en cada una de sus modalidades para velar porque en los prestadores de servicios públicos o  privado cumplan con las siguientes indicaciones:

  • Establecer en las paradas, estaciones o terminales de la ruta respectiva, la señalización adecuada para el distanciamiento social.
  • Efectuar el control de temperatura al ingreso de las unidades de transporte masivo.
  • Acceder a la evaluación periódica de salud de los trabajadores y trabajadoras por parte del equipo de salud del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o, en su ausencia, del consultorio popular o
    establecimiento de salud dispuesto para ese fin, quien le solicitará y evaluará las pruebas de la Covid-19.
  • Establecer puntos especiales de control, educación y vigilancia epidemiológico permanente en los nodos de alta movilidad urbana.
  • Realizar sus operaciones con la autorización que emita las autoridades municipales y de transporte con un estricto apoyo y control sanitario epidemiológico.
  • En vehículos particulares y servicios de taxi, solo podrán circular hasta tres (3) personas incluyendo el conductor.
  • En las unidades de transporte terrestre y de sistema masivo, los pasajeros deben mantener un puesto de por medio de distancia. El uso de puestos continuos aplica para familiares que convivan en la
    misma casa.

La medida establece que con respecto al transporte acuático, transporte aéreo, el sistema de transporte masivo de personas y cualquier otra modalidad, se dictará de manera conjunta la norma sanitaria ante el Covid-19, entre los ministerios con competencia en la materia.

Adicionalmente, los usuarios y usuarias del transporte terrestre y masivo deberán cumplir con:

  1. Uso obligatorio de la mascarilla: La misma debe cubir la nariz y boca, debe ser usada obligatoriamente fuera de su sitio de residencia, población general puede usar mascarillas de tela reutilizables, las mismas deben ser lavadas y planchadas diariamente; el personal de salud, expuesto directamente a pacientes sospechosos y confirmados con Covid-19, deben utilizar siempre mascarillas desechables N95; se debe evitar r colocar la mascarilla en superficies que pudiesen estar contaminadas.
  2. Lavado de las manos e higiene corporal: Toda la población debe efectuar un lavado frecuente de las manos con agua y jabón utilizando la técnica adecuada, antes de salir de la casa,
    al llegar al trabajo o destino, antes y después de comer y de utilizar el sanitario, antes de regresar a la casa y al llegar a la misma, así como después de toser, estornudar y tocar superficies potencialmente
    contaminadas.

Ante la ausencia de agua y jabón, se recomienda la utilización de  soluciones o geles con alcohol al 70%.

También el nuevo esquema de responsabilidad social para la protección epidemiológica, insta a fortalecer las técnicas de prevención de las enfermedades trasmitidas por vía respiratoria bajo la adopción de estas dinámicas:

  • Toser o estornudar con pañuelos desechables o en la cara interna del codo.
  • Distanciamiento social de al menos 1,5 metros en las calles, el transporte público donde sea posible, en los puestos de trabajo y en las reuniones. Evitar hacinamiento.
  • Evitar reuniones superiores a 10 personas, en todo caso con distanciamiento mínimo de 1,5 metros entre los asistentes.
  • Evitar el contacto físico en el saludo, particularmente besos, abrazos y dando la mano. Aprender y practicar nuevas formas de saludo sin contacto físico.
  • Evitar llevarse las manos a la cara, ojos, nariz, boca, sin lavarlas previamente.
  • Evitar actividades en espacios cerrados sin ventilación.
  • En las viviendas personales, así como en los puestos de trabajo o actividades que requieran la pernocta de los participantes, se debe evitar el uso de habitaciones sin ventilación y el hacinamiento.
  • De la misma forma deben limpiarse periódicamente instrumentos de trabajo de uso colectivo.

También exige optimizar el alcance de las medidas de higiene y por ello insta a  evitar compartir utensilios de uso personal, vasos, platos, cubiertos, toallas, entre otros.

Se debe adoptar el hábito de cambio de la vestimenta al ingresar a los hogares y previo al contacto con familiares o residentes de nuestras viviendas, así como la desinfección del calzado.

También establece que se debe evitar la mezcla del hipoclorito y alcohol ya que puede generar cloroformo, el cual es tóxico para la salud.

c. En caso de cualquier síntoma de enfermedad o afectación de salud:

  • Todos los ciudadanos y ciudadanas deben evitar salir de la residencia si hay síntomas de enfermedad respiratoria, fiebre, tos, malestar general, estornudos frecuentes.
  • Cualquier caso de afectación de salud, de nuestros abuelos o abuelas, o adultos mayores en general, debe ser reportado al 0800VIGILAN o al 0800COVID19 o al consultorio popular del ASIC más cercano a su domicilio.
  • En el caso de que los síntomas de gripe se mantengan por más de 3 días o se incrementen o agraven con síntomas como fiebre no controlada, dificultad para respirar, dolor en el pecho, decaimiento extremo o pérdida del olfato o gusto, se debe reportar al 0800VIGILAN o al 0800COVID19 o al Consultorio Popular del ASIC más cercano a efectos de tener la debida y oportuna atención médica inmediata.

d. Las condiciones de higiene de los espacios físicos de contacto:

  • Las unidades prestadoras de servicios, públicas y privadas: de salud, comerciales, transporte y trabajo, así como cualquier otra que se autorice su actividad en el marco de la pandemia Covid-19, deberá garantizar las condiciones sanitarias y de higiene que norme la Comisión Presidencial para el Control y la Prevención de la Covid-19, en el más estricto apego a los parámetros epidemiológicos del Ministerio del Poder Popular de Salud, órgano rector en la materia.
  • Las autoridades municipales, así como los entes reguladores nacionales de las actividades y establecimiento autorizados para iniciar actividades, serán responsables de la fiscalización del cumplimiento de las normas de higiene y cuidado epidemiológico.
  • Los centros de salud, deberán efectuar limpieza periódica, en función de la normativa especial y conforme con las normas que dicte el Ministerio del Poder Popular de Salud, en función del tipo de actividad y la exposición del personal.
  • Las unidades de trabajo que se autorice su operación, en las distintas fases que frente al Covid-19 decrete el Ejecutivo Nacional, deberán efectuar limpieza periódica de al menos dos (2) veces por jornada laboral, con agua y jabón o con soluciones de hipoclorito al 0,1%. Asimismo, en los centros de trabajo, cada persona debe tener su vaso o taza de uso individual, no ingerir líquidos directamente desde el envase primario que los contiene, botella o jarra, así como evitar compartir utensilios de uso personal, vasos, platos, cubiertos, toallas, entre otros.
  • En los espacios de uso común, como mercados, automercados, farmacias, y otros expendios de productos de consumo masivo, así como en las unidades de transporte masivo como metros, trenes, autobuses, busetas y paradas de transporte, debe vigilarse especialmente el cumplimiento de las medidas de desinfección y distanciamiento social, conforme con las resoluciones específicas sobre la materia dicten los órganos con competencia en la materia. De no cumplirse estas medidas, las actividades no serán autorizadas para su funcionamiento.
  • Los prestadores de servicios, públicas y privadas: de salud, comerciales, transporte y trabajo, así como cualquier otra que se autorice su actividad, deberán señalar en los ascensores si lo hubiere, el número de personas permitidas para guardar el distanciamiento social.
  • Maximizar los mecanismos de despacho con cita previa concertada y pagos por mecanismos electrónicos para evitar los contactos físicos e intercambio de papeles, billetes, monedas.
  • Reducir al máximo las reuniones presenciales e implementar las videoconferencias.
  • La higiene o desinfección en los puestos de trabajo debe ser realizada con agua y jabón, hipoclorito al 0,1% o solución de alcohol al 70%. Fuente: www.vtv.gob.ve

Descargue aquí la Normativa Sanitaria de Responsabilidad Social ante pandemia por Covid-19