Gobierno de Maduro tiene tres meses para responder ante Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad

La Corte Penal Internacional informó que se tiene previsto que el fiscal Karim Khan viaje a Venezuela antes del 16 de abril para entablar un diálogo significativo con el Ejecutivo.

La Corte Penal Internacional que otorgó un plazo de tres meses al gobierno de Nicolás Maduro en el que debe explicar si ha realizado investigaciones sobre los crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela.

Mediante un comunicado, la Oficina de la Fiscalía indicó que la prorroga, que culmina el 16 de abril, está justificada en artículo 18 del Estatuto de Roma que permite a los estados donde se lleva a cabo una investigación oponerse a la misma.

La CPI señaló en el texto que el 16 de diciembre de 2021 fueron notificados formalmente los estados denunciantes y el gobierno de Maduro sobre la apertura de la investigación que inició el 3 de noviembre de 2021 cuando el fiscal Karim Khan visitó Venezuela.

Inicialmente el gobierno de Venezuela debía informar sobre los avances de su investigación el 16 de enero de este año, sin embargo, por varias circunstancias que se han de considerar excepcionales, dado el tiempo transcurrido entre la solicitud de Venezuela del 3 de enero al fiscal y su respuesta del 13 de enero, el suministro de información adicional, intentos fallidos de la fiscalía de reunirse en persona con el gobierno venezolano para discutir asuntos procesales relevantes, el receso del tribunal interviniente, así como los desafíos en curso provocados por la pandemia, se ha retrasado la respuesta del gobierno venezolano a la CPI.

Esta prórroga también está justificada para dar tiempo suficiente, a la luz de los cronogramas, para que que el fiscal viaje a Venezuela antes del vencimiento del plazo y, según lo previsto en diciembre de 2021, para entablar un diálogo significativo con el gobierno venezolano sobre cuestiones de admisibilidad con miras a evaluar, entre otras cosas, el alcance y necesidad de recurrir a posibles procedimientos del artículo 18 del Estatuto de Roma.

Fuente: www.elnacional.com