Venezuela retorna a la actividad deportiva con fútbol y deportes en ruta a Tokio

Venezuela retornará a las actividades deportivas desde este lunes 15 de junio de 2020 y tras 95 días de cuarentena, siguiendo lineamientos emanados por la presidencia de la República en el marco del Plan de Flexibilización Deportiva, el cual establece dos líneas de acción: la celebración de eventos y actividades deportivas, y el uso de gimnasios e instalaciones. 

 

En este sentido y por Decreto Presidencial emitido este domingo 14 de junio, el ministro de Juventud y Deporte, Pedro Infante, informó que los atletas clasificados y en ruta a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, que se celebrarán en 2021, están “autorizados para que retomen sus entrenamientos desde este 15 de junio en el país” y resaltó que la preparación internacional camino a los Juegos Olímpicos y todo el tema logístico que implica está siendo estudiada desde hace semanas por la Comisión Presidencial para el COVID-19. 

 

Este plan iniciará a partir de la semana del 15 al 21 junio de 2020 en el marco de la metodología 7X7 orientada por el Presidente Nicolás Maduro y la Comisión Presidencial para el Control y Prevención del COVID-19, y está basado en dos líneas de acción claras:

 

La primera dirigida a  los eventos y actividades deportivas profesionales, de alto rendimiento y de masificación, y una segunda línea orientada al uso de los gimnasios de musculación, deportivos, canchas comunitarias, parques, plazas, entre otros espacios públicos. 

 

“Esta flexibilización deportiva implica cuidar los espacios, la desinfección, el distanciamiento social, cuidar la cantidad de personas en los espacios cerrados”, reiteró el ministro, recordando que “nuestro sistema de flexibilización deportiva tiene una génesis participativa, pues escuchamos durante una semana a todos los sectores para elaborar un plan de retorno deportivo vigilado que tiene como objetivo principal preservar la salud de nuestros atletas e ir retomando la normalidad”. 

 

El también presidente del Instituto Nacional de Deporte aclaró que la flexibilización deportiva abarca cinco principios fundamentales:

 

1.- Las actividades y eventos deportivos se realizarán obligatoriamente sin público. 

 

  1. Las organizaciones e instituciones públicas y/o privadas deben garantizar en sus instalaciones un proceso de desinfección con la aplicación de los protocolos establecidos, garantizando el uso de alcohol o hipoclorito de sodio. 
  2. Garantizar la aplicación de los protocolos sanitarios en la actividad deportiva, como el uso de mascarillas (en el momento que aplica), uso de guantes, la desinfección sistemática de los espacios, limpieza y desinfección de los aparatos e implementos deportivos, control de temperatura, geles antibacteriales y el frecuente lavado de manos. 
  3. Realización de despistajes y pruebas rápidas de ser posibles de los practicantes y/o beneficiarios, de los trabajadores y técnicos prestadores de servicio. 
  4. Durante la actividad deportiva garantizar acompañamiento médico permanente y preventivo. 

 

Aplicabilidad del Plan

 

La flexibilización deportiva para el alto rendimiento autoriza la incorporación al proceso de concentración, preparación y entrenamiento deportivo a los atletas y entrenadores de selecciones nacionales de los deportes clasificados o en vía de clasificación a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos Tokio 2020.

 

En el Deporte Profesional, el plan autoriza la organización e inicio de actividades a Liga de Futbol Profesional  de Fútbol, la cual deberá definir en las próximas horas en conjunto con el Instituto Nacional del Deporte fechas y calendario de actividades, estableciendo su realización en el eje Carabobo-Yaracuy, dos de los estados con menos índices de contagios de COVID-19.

 

En lo concerniente a la Actividad Física y Masificación deportiva la flexibilización  autoriza la realización de actividades físicas individuales al aire libre como caminata, trote, ciclismo, montañismo, ejercicios aeróbicos y anaeróbicos, entre otros.

 

De igual forma se mantienen las jornadas de flexibilización para niñas, niños, adolescentes y adultos mayores a nivel nacional, los días sábados y domingo en los horarios y condiciones establecidos.

 

Gimnasios e instalaciones deportivas

Los gimnasios de musculación públicos y privados funcionarán de 7 a 11 de la mañana bajo los siguientes parámetros de bioseguridad:

 

  • Deben contar con cabinas de desinfección o procesos de desinfección en la entrada.

 

  • Toma de temperatura en la entrada y en la salida.

 

  • Deben funcionar al máximo del 30% de su capacidad de atención a usuarios por hora para garantizar el distanciamiento social, enfatizando como mínimo la distancia de 2 mts entre personas que estén entrenando.

 

  • Sistema permanente de desinfección de equipos e implementos deportivos durante el entrenamiento.

 

  • Garantizar acompañamiento médico permanente.

 

Estadios, polideportivos y piscinas 

Sólo estarán autorizados a funcionar los estadios de fútbol en los estados y municipios aprobados para la ejecución de la Liga de Fútbol Profesional. 

 

En ése sentido, según Decreto Presidencial, estará autorizado el uso de las instalaciones deportivas para el entrenamiento de atletas de la selección nacional que están en la Ruta Olímpica y Paralímpica Tokio 2021 en el horario comprendido de 7:00 a 10:00 de la mañana y de 2:00 a 5:00 de la tarde, y específicamente a los atletas y entrenadores con el salvoconducto correspondiente.

 

Canchas deportivas comunitarias

El Decreto  autoriza el uso de las canchas comunitarias para actividades deportivas o físicas de carácter individual, sin contacto físico como caminata, trote, ejercicios, actividad física para el adulto mayor, bailoterapia, etc. Las organizaciones deportivas del poder popular estarán en el deber de realizar trabajos de desinfección, fortalecer los protocolos sanitarios en la entrada y el llamado a la conciencia permanente, en un lapso de tiempo de 8:00 a 11:00 de la mañana. 

 

Por último, el Plan reitera la no interrupción cada siete días a partir de este 15 de junio del proceso de preparación y entrenamiento deportivo de los atletas de Alto Rendimiento y Deporte Profesional, quienes “van a mantener su dinámica activa, continua y permanente para cumplir con el principio de sistematicidad de la preparación del deportista”.

 

El documento también enfatiza que no podrá aplicarse el plan de flexibilización deportiva en los municipios declarados en cuarentena, con medidas sanitarias especiales por la seguridad de la población, de acuerdo a lo orientado por la Comisión Presidencial para atender la Pandemia del COVID-19. 

 

El confinamiento del deporte venezolano abarcó un período de duración de 95 días, desde el 13 de marzo pasado, fecha en la que se decretó la paralización de las actividades deportivas en Venezuela hasta este 15 de junio, cuando se reinicien progresivamente las actividades.

 

En dicho período de tiempo, la organización de los Juegos Olímpicos decidió el pasado 30 de marzo posponer la cita de Tokio 2020, correspondiente a la XXXII Olimpiada, la cual se celebrará ahora del 23 de julio al 8 de agosto, mientras los Juegos Paralímpicos serán del 24 de agosto al 5 de septiembre. 

 

A la fecha, Venezuela suma un total de 19 atletas clasificados a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.  

 

El líder de la cartera deportiva regional informó que la próxima semana arrancarán a trabajar las escuelas comunitarias de iniciación deportiva, clubes, academias y asociaciones deportivas estadales, para los cuales se está elaborando un protocolo específico.

Prensa IND